Comercio Internacional

CORTO PLAZO: 30 A 60 DÍAS

Definir la estrategia de negociación de acuerdos de libre comercio de alcance parcial que incluyan al tabaco y el cigarro entre los productos a beneficiarse de acceso preferencial.

IMPLICACIONES

Actualmente, el tabaco y los cigarros originarios de República Dominicana se encuentran en desventaja competitiva ante cigarros cubanos, nicaragüenses y hondureños que entran libre de arancel a diversos mercados internacionales de interés.

Con la negociación de acuerdos de libre comercio de alcance parcial se limitan las sensibilidades productivas y fiscales, enfocando los esfuerzos en aquellos sectores que, como el del tabaco, precisan mejorar su acceso a diversos mercados internacionales.

ProDominicana debe hacer un levantamiento que identifique, en atención a flujos de comercio, condiciones del mercado interno e interés del sector productor, nuevos mercados para aumentar las exportaciones de tabaco y cigarros desde el país.

Este levantamiento debe considerar oportunidades de financiamiento para pequeñas y medianas empresas del sector para asistir en su internacionalización, combinado con la programación de actividades de promoción del tabaco y cigarro de origen dominicano.

ACTORES INVOLUCRADOS

MICM
Ministerio de Relaciones Exteriores
ProDominicana

Solicitar activación mecanismo de acumulación con países vecinos bajo el Acuerdo de Asociación Económica (EPA) con la Unión Europea.

IMPLICACIONES

Actualmente, los productores de cigarros en República Dominicana ven afectada su competitividad en el mercado europeo, al no poder acumular insumos de países centroamericanos.

El protocolo I del Acuerdo de Asociación Económica con la Unión Europea comprende aspectos relacionados con la acumulación, que es una disposición que permite a los productores de un país, proveerse de partes e insumos de otros países sin que pierdan la condición de originarios.

Según esta disposición, los productores que exporten a Europa pueden acumular con países en desarrollo vecinos (Colombia, Costa Rica, Cuba, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá y Venezuela) para ser más competitivos.

La DGA debe proponer a las aduanas de los países de interés del sector productor, un acuerdo sobre los procedimientos de cooperación administrativa que garanticen la correcta aplicación de las disposiciones aplicables del EPA.

Posteriormente, el MICM, en su función de autoridad implementadora del Acuerdo, debe notificar al Comité Especial de Cooperación Aduanera y Facilitación del Comercio del EPA.

ACTORES INVOLUCRADOS

MICM
DGA